El Clarín

En Zitácuaro, sentencian a 4 años de prisión a responsable de extorsión cometida en agravio de un comerciante

En Zitácuaro, sentencian a 4 años de prisión a responsable de extorsión cometida en agravio de un comerciante

Abr 20, 2021
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Zitácuaro, Michoacán, a 20 de abril de 2021.- La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) obtuvo mediante procedimiento abreviado, sentencia condenatoria de 4 años de prisión, así como el pago por concepto de reparación del daño en contra Irving Jonathan M., por su responsabilidad en el delito de Extorsión, cometido el 20 de noviembre del 2020, en agravio de un carnicero.

De acuerdo a constancias que forman parte de la Carpeta de Investigación, el día en referencia, la víctima se encontraba laborando en el mercado Melchor Ocampo de esta ciudad, a donde arribó el imputado quien le exigió la entrega de una determinada cantidad de dinero a cambio de no hacerle daño a él y a su familia.

Ante el temor de que se atentara contra su integridad, el 27 de noviembre de ese mismo año, el agraviado accedió a entregar una parte de lo solicitado; sin embargo, el investigado lo amagó con un arma punzocortante para que cumpliera con el pago en su totalidad, momento que fue presenciado por elementos de la Policía Municipal que de inmediato lo detuvieron.

El detenido fue puesto a disposición de la Fiscalía Regional de Zitácuaro y una vez que se llevaron los respectivos actos de investigación fue presentado ante el Juez de Control, mismo que lo vinculó a proceso por su posible relación en los hechos.

Una vez satisfechos los requisitos establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, se solicitó la apertura del procedimiento abreviado, mediante el cual, el órgano jurisdiccional resolvió sentenciar a Irving Jonathan M., a 4 años de prisión y al pago por concepto de reparación del daño, por su responsabilidad en el delito que la Ley señala como Extorsión.

El procedimiento abreviado, es una forma de terminación anticipada del proceso, que consiste en el reconocimiento del imputado en su participación en el hecho delictivo y como consecuencia, se valora la pertinencia de reducir en un margen acotado, la sanción que se impondrá.

*En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 41 Apartado C, de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, así como en el Artículo 169 del Código Electoral del Estado de Michoacán, el contenido vertido en esta plataforma es de carácter institucional y con fines informativos.*


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