• Con el fin de incentivar el pago puntual del impuesto predial y refrendo anual de perpetuidad 2021.
• Los descuentos van desde el 10 al 50% durante enero y 5% en febrero.

Zitácuaro, Michoacán. Con el propósito de incentivar el pago puntual del impuesto predial y refrendo anual de perpetuidad 2021, el ayuntamiento que preside el alcalde Hugo Alberto Hernandez Suárez, ofrece descuentos que van desde el 10 al 50 por ciento en el mes de enero y 5 por ciento en el mes de febrero del 2021, dependiendo de las consideraciones de la ley de ingresos municipales.

El Ing. Sergio Rafael Estrada Director de Ingresos municipales de la tesorería informó que por instrucción del alcalde y en consecuencia a la pandemia del covid-19, se hace un atento aviso a los contribuyentes de la tercera edad que por esta ocasión, sin necesidad de que acudan personalmente a las oficinas de ingresos municipales, podrán hacer el pago del 50 por ciento de su impuesto, a través de un familiar, amigo y/o vecino, con la condicionante que presenten ante esta oficina municipal, copias de la credencial del INAPAM o INE, de su CURP y el último recibo de pago del predial.

Para que el beneficio sea efectivo y de conformidad a la ley de ingresos 2021, deberán acreditar ser mayores de 60 años, ser jubilados, pensionados y/o discapacitados, además de que se cumpla con el pago total anual en una sola exhibición.

Para los contribuyentes que efectúen el pago anual en una sola exhibición del impuesto predial, gozarán de un estímulo fiscal del 10% si el pago se efectúa en el mes de enero y del 5% si el pago lo realizan en el mes de febrero.

Añadió que los ciudadanos deberán reunir los siguientes requisitos:

El estímulo fiscal únicamente podrá ser aplicado a un solo predio por contribuyente dueño del inmueble, siempre y cuando el inmueble en cuestión, se encuentre al corriente del pago del impuesto predial al 31 diciembre del 2020.

Segundo, que el impuesto predial sea pagado durante los meses de enero y febrero del presente ejercicio y que el valor catastral del inmueble no sea superior a los 700 mil pesos.

Que el inmueble sobre el que se solicite el estímulo fiscal no sea afecto al pago de la cuota mínima, ni haya sido beneficiado con el descuento antes señalado, además subrayó, que ningún inmueble que sea sujeto a este estímulo fiscal podrá pagar importe menor a la cuota mínima, y finalmente, que el contribuyente cuente con credencial expedida por el Instituto Nacional de Las Personas Adultas Mayores (INAPAM), credencial para votar (INE o IFE), pasaporte o cartilla militar para que acredite la edad, credencial expedida por la institución correspondiente que acredite la pensión, la jubilación o en su caso la discapacidad.

Finalmente hizo un llamado a la población en general a que se pongan al corriente con el pago de estos impuestos, aprovechando los descuentos ya señalados, además indicó que se cuentan con todas las medidas de prevención al ingreso de las cajas del predial, por lo que invitó a la población a que acuda con su cubrebocas a realizar su trámite.