– La legisladora presentó una iniciativa para que existan intérpretes de lenguas originarias, lenguaje de señas y escritura Braille que asistan a defensores de oficio en caso de sus defendidos así requerirlo.

El garantizar el derecho de una defensa adecuada, de acceso a la justicia y a la no discriminación debe estar debidamente establecido en nuestra legislación, subrayó la diputada Lucila Martínez Manríquez, integrante de la LXXIV Legislatura del Congreso del Estado.

Este martes, la también presidenta de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género, presentó una iniciativa para reformar la Ley de la Defensoría Pública del Estado, a fin de establecer la obligación para que haya intérpretes de lenguas originarias, lenguaje de señas y escritura Braille, que asistan a los defensores de oficio en caso de sus defendidos así requerirlo.

“Actualmente la Ley contempla la asistencia de un defensor que cuente con conocimientos de la lengua indígena, pero es necesario que dicho precepto se amplíe a favor de las personas con discapacidad, y puedan contar con un intérprete específico para la discapacidad que padezcan”.

Martínez Manríquez destacó la importancia de garantizar los derechos de una defensa adecuada, de acceso a la justicia y a la no discriminación, “se deben disponer las medidas necesarias para que todo ciudadano sea debidamente asesorado y en su caso representado por un profesional del derecho, incluso con la asistencia de un asesor que cuente dentro de sus funciones el brindar esos servicios jurídicos profesionales a los sectores de la población vulnerables, con la ayuda de intérprete o traductor, según sea el caso”.

La discapacidad –subrayó- se considera una desventaja causada por las barreras que la organización social genera al no atender adecuadamente las necesidades de las personas con diversidades funcionales, lo que provoca que se encuentren impedidas para ejercer plenamente sus derechos humanos en condiciones de igualdad.

Bajo esa perspectiva, recalcó que la mejor manera de remover dichas barreras es realizando los ajustes razonables para evitar que sigan siendo objeto de actos que les afecten, pues una postura contraria sólo fortalece la segregación y exclusión de la que deben ser libradas.