* El Congreso del Estado designará los presidentes municipales de acuerdo a lo que marca la Ley Orgánica Municipal.

Morelia, Mich., Con apego a lo que marca la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán, el Congreso del Estado designará a los presidentes municipales provisionales que sustituirán en su cargo a los ediles que han notificado su ausencia ante esta Soberanía, así lo señaló la presidenta de la Mesa Directiva de la LXXIV Legislatura, Yarabi Ávila González.

La diputada informó que hasta este miércoles han llegado al Congreso del Estado 12 notificaciones de ausencia de presidentes municipales, mismos que serán turnados a la Comisión de Gobernación para su análisis y dictaminación.

Recordó que de acuerdo a la Ley Orgánica Municipal en el artículo 50, se establece la facultad del Congreso de nombrar al encargado de despacho o presidentes municipales sustitutos respetando su origen partidista.

Asimismo refirió, que la misma ley establece que si la ausencia es mayor de 15 días sin exceder 60 días, el presidente municipal será suplido por el síndico como encargado de despacho, sin embargo, si la ausencia es por mas de 60 días, el Ayuntamiento debe notificar al Congreso quien nombrará un presidente municipal provisional, para lo cual se cuenta con un periodo de 30 días.

Yarabi Ávila González afirmó que en el Congreso se trabaja para garantizar la gobernabilidad en los municipios, por ello se priorizan los consensos y los acuerdos en los ayuntamientos y partidos, quienes deberán hacer llegar la propuesta al Poder Legislativo para que la Comisión de Gobernación, de acuerdo a las facultades que le confiere la Ley Orgánica Municipal, dictamine su procedencia.